Gestión de cobro
En caso de dar inicio a la gestión pre-jurídico (prejudicial), la firma despliega todas o algunas de las siguientes actividades frente a cada deudor.
Envío de requerimiento jurídico suscrito por un abogado de la firma, por medio de correo postal certificado, notificando al deudor de su obligación.
Llamadas telefónicas por parte de abogados de la firma requiriendo al deudor para el pago de la obligación, proponiéndole fórmulas de arreglo si así se considera conveniente.
Si el deudor accede al pago de la obligación, Se citará al deudor a las oficinas de la firma o en su defecto en las instalaciones del conjunto residencial donde se suscribirá un documento, dejando constancia del acuerdo al cual se llegó y la forma pago de la obligación.
En caso de no haber acuerdo pre-jurídico se dará inicio a la etapa de cobro jurídico (judicial) por recomendación de la firma o como consecuencia de la falta de atención del deudor a los requerimientos pre jurídicos (pre-judiciales), la firma procederá a efectuar un estudio de títulos y de perfil del deudor y, en caso de darse la viabilidad, presentará la demanda ejecutiva ante el juzgado correspondiente dentro de los 10 días hábiles siguientes.
Finalización de la gestión
La etapa de cobro pre-jurídico (prejudicial) terminará como consecuencia de:
Pago del deudor.
Celebración de un acuerdo de pago.
Negativa del deudor a efectuar el pago o imposibilidad de contacto del mismo, frente a lo cual, la firma determinará la viabilidad de dar inicio a la acción ejecutiva (judicial).
La etapa de cobro jurídico (judicial) culminará una vez se notifique por parte del juzgado la terminación del proceso por cualquier causa. (Pago, transacción o desistimiento).